“Debe ser parte de nuestras políticas públicas, [...] la rápida acción de nuestra autoridad ante toda intromisión que ponga en peligro nuestra soberanía”. (Ilustración: Giovanni Tazza)
“Debe ser parte de nuestras políticas públicas, [...] la rápida acción de nuestra autoridad ante toda intromisión que ponga en peligro nuestra soberanía”. (Ilustración: Giovanni Tazza)
Hans Flury Royle

Una corte en Misuri (EE.UU.), que lleva el caso de peruanos contra Doe Run, decidió que nuestra ley no es pertinente para resolver una demanda que se lleva en esa jurisdicción por hechos sucedidos en nuestro país, por lo que aplicará las normas de dicha sede. Esta decisión viola la soberanía legal de nuestro país y crea un grave problema para los .

No es la primera vez que peruanos acuden a jurisdicción extranjera, omitiendo a las cortes nacionales. En el 2016 demandaron en Londres al titular de la mina Tintaya, alegando violación de derechos humanos en Cusco. En 1995, ciudadanos de Ilo demandaron a Southern Perú en una corte de Texas. Estas demandas fueron desestimadas, reconociendo al Perú capaz de resolverlas conforme a nuestra legislación, preservando nuestra soberanía con gestiones presentadas para que ambos tribunales se abstengan de conocer el caso, como ocurrió.

La ley peruana no ampara el ejercicio abusivo de un derecho, e interponer una acción judicial en sede extranjera por asuntos nacionales lo es, por afectar gravemente al país. Primero, porque el Perú no debe aceptar la intervención de otras naciones en asuntos internos, y en ejercicio de su soberanía, debe intervenir para que los asuntos ocurridos en el Perú sean solucionados en sede nacional y conforme a nuestra constitución y leyes. La omisión en intervenir en estos procesos en el exterior aceptando que asuntos nacionales sean tratados en jurisdicción extranjera, arrogándose derechos e imponiendo conductas sustentadas en costumbres y leyes ajenas, genera precedentes nefastos. Además, porque la omisión de proteger la soberanía nacional y respetar el debido derecho según las normas nacionales es una obligación irrenunciable e imprescriptible del Estado.

Segundo, porque al permitir que otro país intervenga en nuestros asuntos internos, el Perú no será un destino al que los inversionistas acudirán, ya que nunca tendrán la seguridad de a cuál autoridad responder o cuál es el ordenamiento legal a atenerse. El hecho de que el Estado omita hacerse cargo de este caso generará miedo e incertidumbre a futuros inversionistas extranjeros en el Perú. En suma, este caso sienta un precedente peligroso que desmotivará a potenciales futuros inversionistas que sentirán que el no tiene jurisdicción dentro de su propio territorio, y que para invertir en el Perú se requiere tomar en cuenta las leyes de otros estados.

Debe ser parte de nuestras políticas públicas, tanto de relaciones exteriores como de promoción de inversión, la rápida acción de nuestra autoridad ante toda intromisión que ponga en peligro nuestra soberanía y, con ello, nuestra competitividad en la atracción de las .

En el caso concreto de Misuri, el Estado debe traer el proceso al Perú para que se haga justicia en nuestro país conforme a nuestra legislación, defendiendo nuestra soberanía y derechos, gestionando ante la autoridad norteamericana que ese tribunal se abstenga de conocer este caso. En caso de seguir indiferente, como hasta la fecha, se estaría erosionando gravemente la confianza en las instituciones peruanas.

Hoy hablamos de la independencia de los poderes, del Estado de derecho, del valor, independencia y capacidad de nuestro Poder Judicial. Entonces también veamos en nuestra patria los casos menos políticos, pero de gran transcendencia para nuestra nación. ¿Por qué debería un tribunal estadounidense decidir cuáles son los estándares apropiados para la operación de un complejo metalúrgico en el Perú?