El Grupo El Comercio edita actualmente seis (06) marcas de diarios, de un universo de más de setenta y cinco (75) periódicos a nivel nacional, y un número mucho mayor de medios digitales | Foto: Eduardo Cavero
El Grupo El Comercio edita actualmente seis (06) marcas de diarios, de un universo de más de setenta y cinco (75) periódicos a nivel nacional, y un número mucho mayor de medios digitales | Foto: Eduardo Cavero
/ EDUARDO CAVERO
Redacción EC

La Cuarta Sala Superior de la Corte Superior de Justicia de Lima ha emitido una Ejecutoria Superior mediante la cual, al resolver la apelación contra la sentencia de primera instancia, reformándola ha declarado Infundada la demanda de amparo interpuesta por la compra de Empresa Periodística Nacional S.A. (EPENSA) por parte del Grupo en julio del 2013.

La Sentencia reconoce que, luego de 11 años, no sólo es inviable la ejecución de una anulación de la compra, sino que no existe evidencia de que dicha operación hubiera generado restricciones a la pluralidad de opiniones y la competencia en el mercado de prensa escrita; mucho menos si se considera que el acceso a la libertad de expresión e información se produce a través de diversos medios, como son la radio, la televisión, y los medios digitales.

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El Grupo El Comercio edita actualmente seis (06) marcas de diarios, de un universo de más de setenta y cinco (75) periódicos a nivel nacional, y un número mucho mayor de medios digitales. Éstos garantizan, conjuntamente con el resto de los medios, diversidad de enfoques y pluralismo informativo.

La participación de mercado de cada medio depende directamente de la preferencia del público, lo que se relaciona directamente con su libertad de información, que les otorga el derecho de informarse de acuerdo a sus preferencias y hábitos.

Sin embargo, preocupaba que, a través de un fallo judicial, en un proceso de amparo que por su naturaleza ni siquiera cuenta con etapa probatoria, se pudiera irrumpir en una operación privada que involucraba a dos medios de comunicación, lo cual, en lugar de fomentar la pluralidad informativa, hubiera sido restrictivo de la libertad de expresión e información.

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“Con esta Ejecutoria Superior además de evitar ese riesgo, se analiza correctamente la evolución del mercado de los medios de comunicación, y la falta de evidencia de una afectación como consecuencia de dicha operación; pero lo que es más importante, se rescata el derecho de la ciudadanía de elegir cómo informarse”, indicó el abogado Renzo Carrasco.

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