La Municipalidad de Lima informó que subsanará aspectos formales de su demanda presentada ante el Poder Judicial, luego que el Quinto Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima declarara inadmisible la demanda acción de amparo presentada por el alcalde de Lima, Renzo Reggiardo contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
A través de un comunicado, indicó que dicha subsanación será atendida en el plazo de tres días otorgado por esa instancia judicial, a cargo del magistrado Jorge Luis Ramírez Niño de Guzmán.
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“Dicha solicitud del señor juez será atendida de forma inmediata, dentro del plazo de tres días que ha sido otorgado por el mencionado magistrado, todo ello a fin de proseguir con la admisión de la demanda de acuerdo al Código Procesal Constitucional”, señaló.
De acuerdo con el documento, el juzgado advirtió una “dualidad incompatible” en la condición con la que Reggiardo interpone la demanda tras las irregularidades detectadas en la primera vuelta del pasado 12 de abril.
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Detalló que por un lado, se presenta como ciudadano individual, mientras que por otro, invoca normas vinculadas a su condición de alcalde capitalino para actuar en representación de los vecinos de Lima.
“Si actúa como alcalde, la parte demandante es la Municipalidad Metropolitana de Lima; si actúa como ciudadano, es un particular”, señala la resolución, que además precisa que no se adjuntó un documento formal que autorice al funcionario a presentarse en representación institucional.
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El Quinto Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima también cuestionó que la demanda alegue la defensa de “intereses difusos” sin identificar claramente cómo se configura dicha afectación colectiva ni cuál sería el grupo afectado.
“Jurisprudencialmente, se ha extendido el concepto de interés difuso a otros de carácter colectivo o público; sin embargo, en el caso de la demanda, no se ha expuesto de manera clara esta posibilidad, en relación a la legitimidad para obrar, máxime si los posibles afectados son personas identificables”, acotó.
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