El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) aprobó dos protocolos clave para la aplicación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, orientados a fortalecer la rehabilitación y reducir la reincidencia juvenil. Se trata del Protocolo de Actuación Interinstitucional para la Aplicación de la Justicia Terapéutica con Enfoque Restaurativo y el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la Aplicación de los Mecanismos Restaurativos, oficializados mediante el Decreto Supremo n.° 030-2025-JUS, publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) aprobó dos protocolos clave para la aplicación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, orientados a fortalecer la rehabilitación y reducir la reincidencia juvenil. Se trata del Protocolo de Actuación Interinstitucional para la Aplicación de la Justicia Terapéutica con Enfoque Restaurativo y el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la Aplicación de los Mecanismos Restaurativos, oficializados mediante el Decreto Supremo n.° 030-2025-JUS, publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
El protocolo de Justicia Terapéutica propone un abordaje integral de los factores que influyen en la conducta infractora, con énfasis en la salud mental y el tratamiento del consumo problemático de sustancias psicoactivas. Este enfoque se aplicará en todas las etapas del proceso penal juvenil, desde las diligencias preliminares y la investigación preparatoria hasta el juicio oral y la ejecución de medidas socioeducativas.
El programa contempla la detección temprana mediante exámenes toxicológicos, la derivación a centros de salud especializados y un seguimiento judicial estricto, que incluirá preaudiencias, audiencias de seguimiento y audiencias de reconocimiento de logros, con el objetivo de garantizar la adherencia al tratamiento y la recuperación del adolescente.
Gobierno impulsa justicia juvenil restaurativa con nuevos protocolos del Minjusdh. (Foto: Facebook/Programa Nacional de Centros Juveniles )
En paralelo, el protocolo de Mecanismos Restaurativos fija reglas claras para su aplicación en diversas fases del proceso, como la remisión, el acuerdo reparatorio, la terminación anticipada y la ejecución de medidas socioeducativas. El propósito es que el adolescente asuma la responsabilidad por sus actos, repare el daño ocasionado y restablezca los vínculos con la víctima y la comunidad.
La reparación podrá ser directa, mediante encuentros presenciales; indirecta, a través de cartas o videos; o simbólica, mediante acciones comunitarias. La implementación estará a cargo de la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos del MINJUSDH, con la participación de mediadores penales juveniles y conciliadores acreditados.
Ambos protocolos definen funciones específicas para el Ministerio Público, el Poder Judicial, el MINJUSDH, el Programa Nacional de Centros Juveniles (PRONACEJ) y el sector Salud, asegurando una actuación articulada y especializada. Estas disposiciones se enmarcan en el Decreto Legislativo n.° 1348, modificado por el Decreto Legislativo n.° 1673, y actualizan el reglamento aprobado por el Decreto Supremo n.° 005-2025-JUS, siendo de cumplimiento obligatorio para todas las instituciones del Sistema Penal Juvenil.
La notas firmadas como “Redacción EC” son producidas por miembros de nuestra redacción bajo la supervisión del editor de la sección en las que son publicadas. Puede conocer a nuestro equipo editorial en https://elcomercio.pe/buenas-practicas/. Si usted tiene algún comentario sobre nuestro proceso editorial, escriba al correo indicado abajo Ver más